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Legislatura Municipal aprueba resolución que otorga donativo a los Grises de Humacao

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El donativo de $120,000.00 es para sufragar gastos de la temporada 2025 del Torneo de Béisbol AA.
El donativo de $120,000.00 es para sufragar gastos de la temporada 2025 del Torneo de Béisbol AA.

Redacción Editorial Semana


La Legislatura Municipal de Humacao aprobó la Resolución núm. 16 – 2025 “Para autorizar al Municipio Autónomo de Humacao, por conducto de su alcaldesa, Hon. Rosamar Trujillo Plumey, o del funcionario en quien ésta delegue, a otorgar un donativo a la entidad deportiva sin fines de lucro Grises de Humacao Béisbol AA, Inc., por la cantidad de ciento veinte mil dólares ($120,000.00) para el año fiscal 2024-2025, como donativo para sufragar gastos de la temporada 2025 del Torneo de Béisbol AA; para disponer sobre su uso restricto en asuntos operacionales; para establecer limitaciones al uso y administración de estos fondos; y para otros fines.”


El documento establece que la entidad sin fines de lucro, Grises de Humacao Béisbol AA, Inc., con número de registro de corporación 59241, es una corporación sin fines de lucro no partidista, de carácter deportivo, recreativo y comunitario, que goza de la categoría y garantías del Certificado de “Good Standing”, la cual opera el equipo de béisbol doble A de Humacao.


“La gesta deportiva del equipo Grises de Humacao del Béisbol AA, es un hecho histórico para la ciudad de Humacao, donde esta actividad se celebra desde los inicios de la Liga de Béisbol AA y este equipo ha logrado la efervescencia de la fanaticada del béisbol en Humacao, lo que representa un orgullo humacaeño”, destaca.


La Sección 4 del documento indica que la entidad donataria rendirá a la Oficina de Finanzas del Municipio de


Humacao con copia a la Legislatura Municipal de Humacao, no más tarde de treinta días después de finalizado el evento y el propósito para lo cual fue destinado, o el año fiscal para el cual le otorgaron los fondos, lo que ocurra primero, un informe fiscal detallado, que describa el uso dado a este donativo. El mencionado informe incluirá, pero no está limitado, al uso dado al donativo otorgado y el beneficio obtenido.


La Sección 5 añade que la entidad donataria, además, deberá someter aquellos documentos, libros o registros que en su día sean requeridos por el Municipio y deberá reembolsar al municipio los fondos no utilizados, si los hubiere, al momento de rendir informe requerido por la sección anterior, así como aquellos fondos cuyo uso no pueda ser evidenciado que fueron utilizados para los propósitos autorizados. La Sección 6: sostiene que los fondos de este donativo sólo se utilizarán para propósitos operacionales, que comprenderán exclusivamente: salarios, nóminas, servicios profesionales prestados, transportación aérea o terrestre, alojamiento y compra de equipo.

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